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El aborto a referéndum

Artículo publicado en el diario El Pueblo de Albacete - 14 de Febrero 2007 - María del Carmen Vasco Mogorrón

   El once de febrero de este año todos los ciudadanos portugueses han sido llamados a las urnas, para manifestar en referéndum su opinión en cuanto a una posible despenalización del aborto en nuestro país vecino, siempre y cuando éste se hiciera dentro de las diez primeras semanas de embarazo, sin necesidad de alegar causa alguna.

   Para el primer ministro y secretario general del Partido Socialista, Sócrates, esta decisión tendría una importancia crucial, ya que la despenalización permitiría combatir la que ha definido como "llaga social" del aborto clandestino, que, según parece, se habría instalado y consolidado en el seno de la sociedad portuguesa.

   Ciertamente, habría que analizar que en Portugal hasta la fecha se venía permitiendo, al igual que España, el aborto, alegando unas causas excepcionales y con sujeción a un determinado plazo de tiempo, que serían cuando hay riesgo para la salud física o psíquica de la embarazada, el terapéutico, en nuestro país sin sujeción a plazo alguno, lo que también es lógico; cuando el feto se presuma vaya a nacer con graves taras físicas o psíquicas, el eugenésico, en España dentro de las primeras veintidós semanas de gestación; y, por último, cuando el embarazo sea consecuencia de un delito de violación, el ético, en nuestro territorio dentro de las doce primeras semanas de embarazo.

   Partiendo de esta premisa, y dado que en ambos Estados, el español y el portugués, existe una regulación prácticamente idéntica del aborto y los supuestos o causas despenalizadoras, y debido a que nuestro país vecino ha parecido entrever la necesidad de modificar esta regulación y despenalizar cualquier aborto, siempre y cuando se hiciera dentro de las diez primeras semanas de gestación, con la única finalidad y objetivo de combatir la alta cifra de abortos clandestinos que, según parece, se estarían produciendo, no me parece una excentricidad reflexionar pormenorizadamente si aquí en España, tal vez, pudiéramos nosotros estar sufriendo o ser víctimas de esa misma corriente de clandestinidad, que, dicho sea de paso, entraña enormes peligros para la salud de la mujer.

   La despenalización del aborto, que se ha venido poco a poco consolidando en la mayoría de los países de corte occidental, ha sido siempre y es una cuestión polémica, avivadora de grandes debates a su alrededor, en los que se suelen entremezclar cuestiones y argumentos de muy distintos campos, índole y contexto.

   En pleno siglo XXI la autorización legal para abortar dentro de un plazo razonable, que podría oscilar perfectamente entre las diez y doce primeras semanas de gestación, y que vendría fundamentada en el proceso gradual de formación de la vida humana en el seno materno y la autonomía o libertad de la madre, sin desconocer, qué decir cabe, el derecho de la vida que estaría en gestación, no tendría que revestir grandes problemas, aún sin alegar causa alguna, siempre y cuando se colocara el acento en cuestiones varias que no es conveniente desconocer.

   Dentro de las mismas me parece absolutamente importante y necesario destacar los requisitos sanitarios y la vigilancia administrativa permanente a los centros que los practicaran, una información detallada y minuciosa, no ya a la madre, sino a ambos padres, sobre las consecuencias físicas y psicológicas que el aborto podría causar, como sería el síndrome psiquiátrico post - aborto, la esterilidad, la disminución de la fecundidad, los abortos espontáneos, partos prematuros, rotura del útero tras un embarazo posterior y un sinfín de etcéteras. Y no sólo eso. También convendría tratar por fin el tema del peso que debe tener el consentimiento o voluntad del padre al respecto, algo que se ha venido descuidando.

   En este orden de valores, la penalización se tendría que centrar, por consiguiente, en castigar únicamente el aborto realizado sin consentimiento de la mujer embarazada, o cualdo el consentimiento de ésta no sea válido, por la circunstancia que sea, el aborto que se realizara en malas condiciones higiénicas, o por personas incompetentes, o persiguiendo cualquier tipo de finalidad lucrativa, para asegurarle de esta forma a la mujer un trato digno y un respeto a su libertad, y el realizado más allá del plazo legalmente establecido, para no desconocer tampoco el derecho a la vida que está en gestación.

   Por último y debido a que más vale prevenir que curar, se debería procurar una educación sexual temparana y sin tabúes a los menores de edad, lo que no sólo podría ayudar a disminuir la cifra de embarazos no deseados, sino también favorecer la desaparición o paralizar notablemente la proliferación de enfermedades de transmisión sexual.

 

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